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Salario Inicial + Participación Ganancias (ROE):

$ 1.570.477,77 + $ 78.028,32 =   $1.648.506,09

Según lo acordado con las cámaras empresarias el pasado 14/11/24, habiéndose tomado conocimiento de los índices de precios al consumidor (IPC) correspondientes al mes de Diciembre 2024, se deberá actualizar la diferencia salarial que surja entre la inflación acumulada entre los meses de Enero a Diciembre 2024 inclusive, tomando como referencia los salarios de Diciembre 2023, y los incrementos ya otorgados en el año 2024.

Dicho incremento será equivalente a la inflación del mes de Diciembre sobre los sueldos de Noviembre, para todas las remuneraciones mensuales brutas, normales, habituales y totales, remunerativas y no remunerativas, incluyendo los adicionales convencionales y no convencionales, representa un 2,7% con respecto al mes de Noviembre, acumulando en el año un 117,8%.

El retroactivo del mencionado acuerdo salarial, deberá ser abonado junto con los salarios del mes de Enero.

Recordemos que de igual manera se acordó repetir este mecanismo para los salarios de Enero y Febrero de 2025, es decir otorgar incrementos para esos meses una vez que se tome conocimiento el índice de Precios al Consumidor (IPC) de Enero y Febrero de 2025.

Las partes se comprometieron a continuar las negociaciones en la segunda quincena del mes de Marzo de 2025, sobre la actualización de las remuneraciones, mensuales brutas, normales, habituales y totales, remunerativas y no remunerativas, incluyendo los adicionales convencionales y no convencionales, y Día del Bancario/a.

De esta manera, una vez  más, desde la Asociación Bancaria garantizamos la aplicación de los índices inflacionarios mensuales para que los trabajadores/as bancarios/as no pierdan contra la inflación, salvaguardando el poder adquisitivo de nuestros representados/as.

Buenos Aires, 15 de enero de 2025

SECRETARIADO GENERAL NACIONAL DE LA ASOCIACIÓN BANCARIA