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En el día de la fecha hemos acordado con las cámaras empresarias un aumento salarial que será equivalente a la inflación del mes de Junio, sobre los sueldos de Mayo, para todas las remuneraciones mensuales brutas, normales, habituales y totales, remunerativas y no remunerativas, incluyendo los adicionales convencionales y no convencionales.

Por lo tanto, se deberá abonar la diferencia que surja entre la inflación acumulada entre los meses de Enero a Junio 2024 inclusive (79.8%), tomando como referencia los salarios de Diciembre 2023, y los incrementos ya otorgados en el 2024 (71.9%). El monto resultante deberá ser abonado junto con los salarios del mes de Julio.

De esta manera, una vez  más, desde la Asociación Bancaria garantizamos la aplicación de los índices inflacionarios mensuales para que los trabajadores/as bancarios/as no pierdan contra la inflación, salvaguardando el poder adquisitivo de nuestros representados/as.

Buenos Aires, 16 de julio de 2024

SECRETARIADO GENERAL NACIONAL DE LA ASOCIACIÓN BANCARIA

Paritaria 2 Junio