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Esta fecha conmemorativa tiene su origen el 20 de septiembre de 1904, día en que se sancionó la primera Ley 4.349 de Jubilación, correspondiente a funcionarios/as, empleados/as y agentes civiles del Estado. Esta ley reconoció por primera vez el beneficio previsional para los/as empleados/as públicos/as de la Nación.

En nuestra sociedad, donde se tiende a valorar a las personas por su vinculación con la capacidad de producir o de acumular riqueza material, se pretende instalar el paradigma de emular a la juventud, sana, fuerte y productiva. En sentido inverso, se ha cargado de signos negativos a la ancianidad, asociándola a la enfermedad, la incapacidad y la improductividad y en igual sentido a las personas jubiladas a quienes se las menciona como pasivas y retiradas, no solo de la actividad productiva, sino de la vida en general.

Sobre la base de esta valoración negativa estereotipada se ha generado toda clase de actitudes y prácticas discriminatorias, que van desde el aislamiento en el seno de la familia, a la falta de respeto en la vía pública, o el maltrato en las instituciones, todas éstas, situaciones que la sociedad naturaliza.

Para promover los derechos de las personas adultas mayores en situación de discriminación y vulnerabilidad, el INADI articula con centros de jubilados, asociaciones, y otras organizaciones relacionadas con la temática, a través de talleres, campañas de difusión, información, concientización, capacitación y prevención para evitar de esta manera cualquier tipo de discriminación.

Sostenemos que la edad no es un factor determinante que justifique la pérdida de las capacidades y potencialidades de este grupo social y mucho menos la estigmatización y marginación.

El derecho a una vejez digna comienza sin discriminación.

Fuente: Argentina.gob.ar