El 8 de agosto de 1958, bajo la presidencia de Arturo Frondizi, se sanciona la Ley 14.455, de Asociaciones Profesionales, restableciendo casi en su totalidad el decreto 23.852 del 2 de octubre de 1945, anulado durante la dictadura de Pedro Eugenio Aramburu.
Dicha medida instauró un modelo sindical de libertad absoluta de creación de sindicatos por simple inscripción y atribución de la personería gremial, al más representativo de todos, con el fin de unificar la representación obrera ante los empleadores, el gobierno y las organizaciones internacionales y, también, el reconocimiento de la figura del delegado, como representante sindical en el lugar del trabajo elegido por sus pares, disponiendo la prohibición de su despido sin autorización judicial.
Pero como era de suponer, la autodenominada “Revolución Libertadora” arrasó con todas las conquistas sociales, políticas y gremiales obtenidas por el movimiento obrero organizado durante los gobiernos peronistas. Fue por eso, que recién con la presidencia de Frondizi, a través de la sanción de la Ley Nº 14.455 de Asociaciones Profesionales, se restituye casi en su totalidad el decreto 23.852 de 1945, pero además se estableció la prohibición de despedir al delegado gremial, un protagonista esencial de la acción sindical, impulsando la difusión de su figura en favor de la defensa de los intereses de sus compañeros.
Por lo dicho, para recordar cada una las conquistas históricas del movimiento obrero organizado conmemoramos esta fecha promoviendo y acompañando la libertad sindical en resguardo de la democracia y el diálogo social y el rol y la figura de la delegada y el delegado gremial como actores fundamentales de la vida sindical en favor de la articulación social, la solidaridad y la inclusión de nuestras compañeras, compañeros y de toda la familia legislativa.
Fuente: Asociación de Personal Legislativo