Hoy salió al aire el programa sesenta y cinco de Intereses Colectivos, transmitido por Radio Gráfica FM 89.3, con la conducción de Lucas Sarri, la producción de Leonardo Martín, bajo la supervisión y colaboración de nuestro Secretario de Prensa, Claudio Bustelo.
Nos acompañó en el piso Cecilia Álvarez, compañera del Banco Ciudad y locutora, ya que Claudio se encontraba participando en varias reuniones en el día de hoy.
En el marco del Día del Abogado y Abogada Laboralista, que se conmemora todos los 7 de julio, estuvimos conversando con Rita Pillado y Alejo Miguel, abogada y abogado de planta permanente de la Secretaría de Acción Gremial de la Asociación Bancaria, Seccional Buenos Aires. Especialistas en materia laboral los consultamos todo sobre el trabajo, nuestros derechos y cuestiones importantes que todo trabajador y trabajadora deben saber.
Hicieron un homenaje a aquellos compañeros asesinados, desaparecidos, torturados y perseguidos, en lo que se conoce como La Noche de las Corbatas, “por desempeñar la defensa de los trabajadores, que es nuestra razón de ser y nos consideramos sus humildes continuadores en esta posta que es la defensa irrestricta de los derechos de los trabajadores”.
Recordaron que la actual Ley de Contrato de Trabajo N° 20744 sigue siendo, con sus modificaciones, la ley vigente, que fue obra, entre otros, del Dr. Norberto Centeno asesinado el 7 de julio de 1976.
Llamaron a reflexionar sobre el objetivo que se busca cuando hablan de flexibilizar las condiciones de trabajo, buscando apartar a los sindicatos que son los que defienden, protegen los derechos de los y las trabajadoras y que las negociaciones de las condiciones laborales se negocien entre la persona y la empresa.
Flexibilizar es bajar derechos, trabajar aislado, donde se va a buscar debilitar a los sindicatos y un marco normativo con menos protección, para que el trabajador termine siendo una variable más de ajuste.
Se refirieron también a la Ley de Teletrabajo, donde nuestro gremio fue pionero en la regulación de la normativa. La ley establece condiciones mínimas para trabajadores que prestan servicios a distancia, y es un trabajador en relación de dependencia que tiene los mismos derechos de los que lo hacen en forma presencial. La ley regula las condiciones de esa modalidad de trabajo, como gastos de conectividad.
Una interesante entrevista con dos especialistas en derecho laboral y que invitamos a escuchar a continuación.