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Según lo acordado oportunamente con las cámaras empresariales bancarias, donde se estableció que se ajuste trimestralmente el concepto “Compensación de gastos por conectividad”, y conforme a los índices del rubro comunicación, telefonía e internet, correspondientes a los meses de junio, julio y agosto, los mismos arrojaron un incremento del 29.56%

Por lo tanto, para los meses de septiembre, octubre y noviembre, los trabajadores y trabajadoras que realicen tares de forma remota, percibirán los siguientes montos en concepto de “Gastos por Conectividad”:

  • $ 389 por día trabajado.
  • Un mínimo de $ 3.501, cuando trabajen más de 4 días y hasta 9 días inclusive.
  • $ 8.567, para quienes cumplan la totalidad del mes trabajando de manera remota.

Buenos Aires, 14 de septiembre de 2023

SECRETARIADO GENERAL NACIONAL DE LA ASOCIACIÓN BANCARIA

Conectividad (1)