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Cada 30 de agosto, se conmemora el Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, y es una oportunidad para recordar a las víctimas, promover el derecho a conocer la verdad y las medidas necesarias para asegurar que este crimen no quede impune.

La desaparición forzada refiere a “el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley”, tal como ha sido definida en el artículo 2 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.

El derecho internacional de los derechos humanos establece que la práctica generalizada o sistemática de la desaparición forzada constituye un crimen de lesa humanidad. Asimismo, el delito de desaparición forzada ha sido calificado por la jurisprudencia internacional como un delito autónomo, con carácter permanente, de carácter pluriofensivo.

El Instituto de Políticas Públicas en Derechos Humanos del MERCOSUR (IPPDH destaca el derecho de las víctimas y de la sociedad en su conjunto a conocer la verdad sobre las circunstancias de la desaparición forzada, la evolución y los resultados de la investigación, la suerte o paradero de la persona desaparecida. Al mismo tiempo, recuerda que es necesario instrumentar políticas y medidas adecuadas para su prevención; conocer la verdad de lo sucedido; brindar reparación a víctimas y la sanción a los responsables.

En este Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, el IPPDH señala la importancia de las políticas de memoria, verdad y justicia, para  promover y proteger los derechos humanos y consolidar sociedades democráticas.

Fuente: Mercosur